Normas Administrativas y Financieras


Introducción

La Unión de Historiadores de Cuba se rige por sus Estatutos, aprobados y registrados con apego a la ley de Asociaciones y su Reglamento, la Resolución No. 44 del Ministerio de Justicia del 19 de febrero de 2005, y la Resolución No. 60 de 2011 de la Contraloría General de la República, que establece los principios generales del sistema de control interno, que tiene como principios básicos:

Establecer la responsabilidad sobre un recurso en cada operación, transacción, hecho económico o administrativo, debe quedar claramente definido en la forma establecida, para poder exigir responsabilidad legal en cada caso, según corresponda.

Que los órganos, organismos, organizaciones y entidades emiten disposiciones y procedimientos en cumplimiento de su función rectora o interna a su sistema, e incluyen en el Sistema de Control Interno lo que resulte aplicable, para el desarrollo de los procesos, actividades y operaciones, siempre respetando la legislación vigente.

La UNHIC necesita para su correcto funcionamiento un Manual que determine las normas y procedimientos de planificación, control, utilización y análisis de los recursos materiales, financieros y humanos de la Unión, así como las responsabilidades de elegidos, funcionarios, técnicos y asociados en aspectos que estarán obligados a su cumplimiento.

La CONEC, Consultoría para la Economía de la Cultura, elaboró en el 2012 a solicitud de la UNHIC, una propuesta de Manual de Procedimientos, que constituyó el punto de partida para la confección del presente Manual, que ha sido perfeccionado con propuestas realizadas en el anterior mandato de la asociación, las normativas aprobadas institucionalmente posterior a esa fecha, las experiencias de los últimos años en el funcionamiento de la UNION, las opiniones de los Presidentes y Tesoreros de las Filiales que participaron en talleres regionales convocados para este fin, y de personal auxiliar vinculado a la contabilidad y la administración, que señalaron sus criterios y experiencias. Fue valorado en el Secretariado Nacional, y finalmente aprobado por el Comité Ejecutivo Nacional de la UNHIC el 5 de diciembre de 2018.

Objetivo

Este Manual de Normas y Procedimientos Administrativos tiene como objetivo establecer los procedimientos y normas de planificación, control, utilización y análisis de los recursos materiales, financieros y humanos de la Unión de Historiadores de Cuba.

Jorge Luis Aneiros Alonso, Presidente Nacional UNHIC 

Ovidio Cosme Díaz, Tesorero Nacional UNHIC

Capitulo 1 / PLANIFICACIÓN, EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

En la Unión, la planificación anual de los ingresos y gastos financieros —identificado en los Estatutos como Presupuesto— garantiza contar con los recursos financieros para satisfacer las actividades que se planifiquen y el salario del personal auxiliar que participa en el funcionamiento de la UNIÖN.

Partidas Presupuestarias:

Ingresos: Las fuentes de ingreso en la UNHIC son:

La cotización de los asociados, de la cual el 25 % se retiene en las Secciones de Base y el 75 % se ingresa en la cuenta bancaria de cada Filial.

La venta de la revista El Historiador y de libros de los sellos editoriales de la UNHIC, que son Ediciones UNHIC, cuyos ingresos se realizan en la cuenta de la sede nacional y de las Filiales, según corresponda: y del Sello La Mezquita, que se ingresa en la Filial de Holguín.

La acreditación de eventos, que se depositan los que se realizan en las Filiales en su cuenta bancaria y los derivados del Congreso Nacional de Historia y el Coloquio Internacional de Historia en la cuenta bancaria de la sede nacional.

Alquiler de locales de sedes propias de la UNION a terceros, para uso de actividades profesionales.

Las donaciones a partir de decisiones personales de los afiliados o de personas que apoyan la actividad de la UNION, siempre que procedan de fuentes lícitas.

La subvención nacional que anualmente otorga el Ministerio de Finanzas y Precios a la UNION, cuyo monto se redistribuye entre la sede central y las Filiales.

Gastos: Las partidas presupuestarias a utilizar en los gastos son:

a las personas que ocupan cargos en la plantilla auxiliar profesional de la asociación.

de las personas que ocupan cargos en la plantilla auxiliar profesional de la asociación.

convocados por la UNION a nivel nacional y las que se decidan en las Filiales, las que lo harán de sus fondos propios, no de la subvención nacional.

, que incluyen desayunos, almuerzos, comidas, meriendas y buffett, tanto en actividades aprobadas en los planes anuales de la nación y las filiales, como en los gastos de personal para la asistencia a reuniones y eventos de la asociación, que se aprueben en los planes anuales de la asociación y en eventos convocados por otras entidades, pero que por su contenido sean de interés de la asociación participar.

, ya sea por transporte alquilado estatal, cooperativo y particular con licencia operativa de transporte, como por pago del pasaje individual correspondiente.

tanto a ejecutar en imprentas estatales como en las reproducciones ligeras de materiales con trabajadores por cuenta propia.

tanto postales como electrónicos, incluyendo la compra de tarjetas propias y bonos de recarga para el uso de miembros del Secretariado de Filial y Nacional, aprobados en los órganos de dirección.

para el uso de las estructuras de direcciones, como de las sedes sociales.

por los servicios de jurado en Premios y Concursos, edición y diseño publicaciones impresas y digitales y culminación de proyectos de investigación a través de las BECAS UNHIC.

Mantenimientos y reparaciones de mobiliario y equipos.

Mantenimientos y reparaciones constructivas en las sedes sociales.

Inversiones para la compra de equipos y mobiliario.

Otros gastos: Incluye los servicios bancarios, pago de electricidad y agua y alcantarillado de las sedes, compra de flores y obsequios y otros que se aprueben por los Secretariados respectivos, en función del aseguramiento de las actividades previstas en los planes anuales. Solo se ejecutan en los fondos propios de la asociación.

Planificación del Presupuesto:

En el mes de julio cada Filial Provincial, a partir de la ejecución presupuestaria al cierre del segundo trimestre y las proyecciones previstas para el año próximo, envía a la sede nacional su solicitud de financiamiento de la subvención nacional, según el Modelo F-01.

En el mes de agosto el Tesorero Nacional propone al Presidente una versión de las cifras a solicitar al Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) para la subversión nacional del próximo año, según Modelo F-01.

En el mes de septiembre o cuando lo indique el MFP, el Presidente Nacional tramitará la solicitud de financiamiento según modelo que establezca ese ministerio.

En el mes de noviembre el Tesorero Nacional propone al Presidente una propuesta de gastos para la sede nacional y de distribución de la subvención nacional para el uso de las Filiales, según Modelo F-02.

En el mes de diciembre el Tesorero Provincial propone al Presidente una versión del presupuesto, a partir de los fondos propios de la Filial, según Modelo F-03.

En el mes de enero, una vez notificada por el MFP la subvención nacional, el Tesorero Nacional propone al Presidente la distribución definitiva de los gastos de la sede nacional y de las Filiales Provinciales a partir de la Subversión Nacional, según Modelo F-04.

En el mes de febrero se realiza reunión del Comité Ejecutivo Nacional de la UNION donde se aprueba definitivamente el presupuesto de la sede nacional de la UNHIC y de la subvención nacional para las Filiales. A partir de la aprobación correspondiente, se envía a cada Filial la correspondiente notificación, con los comentarios pertinentes, firmado por el Tesorero y Presidente Nacional.

En un plazo no mayor de 21 días a la realización del Comité Ejecutivo Nacional, se reunirán los Comité Ejecutivos Provinciales para aprobar definitivamente su presupuesto anual a partir de los ingresos y gastos previstos en la subvención nacional y de los fondos.

En marzo las Filiales envía a la sede nacional el presupuesto aprobado, firmado por el Presidente y el Tesorero, según el Modelo F-05.

Antes del 31 de marzo el Tesorero Nacional entrega al Presidente el Presupuesto General de la UNION, resultante de todo el proceso, descripto anteriormente.

Ejecución del Presupuesto.

Cada Filial y la sede central ejecutarán el presupuesto aprobado, según las partidas establecidas y los montos aprobados para cada una y lo que le permita las presentes normas.

El control de la ejecución del presupuesto será mensual, según el Modelo F-06 y tendrá un carácter acumulativo, para poder seguir su ejecución y evitar sobregiros. El informe se remitirá a la sede nacional antes de los días 10 de cada mes, y será despachado entre el Tesorero y el Presidente de la Filial antes de su envío.

Cada mes antes de día 20, el Tesorero Nacional despachará con el Presidente el análisis de los informes de las Filiales y de los gastos de la sede nacional.

Al cierre del tercer trimestre, las Filiales podrán proponer modificaciones al Presupuesto, para lo cual elevarán carta con la correspondiente argumentación al Presidente Nacional.

En las reuniones de los Secretariados y Comités a nivel nacional y provincial, se incluirá en las agendas, puntos para el análisis e la ejecución del presupuesto.

Liquidación del presupuesto.

En el mes de enero se realiza el cierre del presupuesto a partir del Modelo F-06, que incluirá en esta ocasión una valoración de cada una de las partidas de ingresos y gastos y de forma general el comportamiento integral del mismo y se somete a análisis en los secretariados y Comités de inicio del año.

Capítulo 2 / CONTABILIDAD

Los registros contables son imprescindibles para que los órganos de dirección o sus representantes controlen, analicen y dispongan las medidas necesarias para una correcta ejecución del Presupuesto, control del movimiento financiero (ingresos y gastos), cuadrar las cuentas y subcuentas y, en general, logren una buena gestión de dirección y el desarrollo exitoso de la Unión.

Sobre el registro y depósito de los ingresos.

Los ingresos financieros de la Unión provienen, según el artículo 28 de los Estatutos, de:

Las Secciones de Base entregan el dinero en efectivo recaudado a la Filial, en liquidaciones trimestrales, según el Modelo F-07. Todo lo recaudado se deposita en el banco, sin exceder los tres (3) días hábiles, a partir de su recepción en la Filial.

El registro del ingreso en el Libro de Ingresos y Gastos de los valores se realizará en días hábiles en un plazo de 24 horas después de haberse recibido el mismo.

Las Secciones de Base llevarán su propio modelo de control de la cotización.

Las filiales que tienen Secciones de Base que depositan el ingreso por cotización directamente en el banco, crearán los mecanismos para que el modelo de control antes indicado, quede debidamente firmado y archivado como aquí se dispone.

La Subvención aprobada proviene del MFP, el cual fija los procedimientos para su solicitud, ejecución y control y se definió su tratamiento en el presupuesto de la UNIÓN en el capítulo anterior.

La sede nacional hará las transferencias bancarias correspondientes, según los modelos establecidos por el Banco Central de Cuba y el Banco de Crédito y Comercio, a partir del estudio de los estados de cuentas bancarias de las Filiales, que determinarán el mes en que estas deben realizarse, según la situación de cada Filial.

El registro del ingreso en el Libro de Ingresos y Gastos se realizará en días hábiles en un plazo de 24 horas después de haberse conocido el ingreso en la cuenta bancaria de la transferencia correspondiente.

Los ingresos aprobados en el Comité Nacional de la UNIÖN son:

Cobro de acreditación a eventos científicos convocados por la asociación.

El cobro de la acreditación a eventos organizados por todos los órganos de la Unión se realizará mediante el Comprobante de cobro-pago acreditación que se llenará con un duplicado para el acreditado, según el Modelo F-08.

Estos modelos, previamente foliados y acuñados por la Tesorería del órgano correspondiente, serán contabilizados y entregados al responsable del cobro de la acreditación, quién los llenará y recaudará el monto aprobado en la correspondiente convocatoria, ya sea en cheque o en efectivo.

La liquidación de valor, en efectivo y otras formas de pago, la realizará el responsable de la acreditación o cobro ante la Tesorería correspondiente mediante un Comprobante de liquidación de otros ingresos que se llenará en original para la Filial y copia para el que entrega, según el Modelo F-09.

Comercialización de publicaciones.

La comercialización de publicaciones se realizará de acuerdo a la normativa aprobada por el Instituto Cubano del Libro (ICL), el Grupo Empresarial Correos de Cuba y el MFP. Las mismas abarcan la revista El Historiador y los libros de los Sellos Editoriales Ediciones UNHIC y La Mezquita, según las licencias comerciales aprobadas.

El precio de venta de las publicaciones se establece por el Comité de Precios del ICL a partir de una solicitud realizada para cada título.

Las ventas de las mismas se harán en efectivo directamente por las Filiales y la Sede Central, ingresando el efectivo al banco y realizando el registro correspondiente según el Modelo F-10.

Cuando se utilice para las ventas, las librerías de los Centros Provinciales del Libro o los estanquillos de la Empresa Provincial de Correos de Cuba, se firmará el contrato correspondiente a partir de una pro-forma que entregarán las entidades comercializadoras, donde se establecen las formas de venta, ya sea compra o venta en consignación y se definen los márgenes comerciales correspondientes, que nunca podrán ser superior al 25 %. Los ingresos de las ventas por esta vía se harán por transferencias bancarias a la cuenta de las Filiales o la sede central en dependencia de quien firmó el contrato.

El registro del ingreso en el Libro de Ingresos y Gastos se realizará en días hábiles en un plazo de 24 horas después de haberse conocido el ingreso en la cuenta bancaria la transferencia o el depósito correspondiente.

Donaciones y legados.

Las donaciones o legados (financiera o material) se recibirán de acuerdo a las leyes y otras regulaciones del Estado Cubano y se realizará mediante un Acta de Recepción de Donaciones y Legados que se confeccionará o completará en el acto de entrega y exprese: personas presentes, cargos, organismo, institución, asociación o persona natural que la hace, el nombre y apellidos de quien o quienes lo representan; valor, descripción, cantidad u otras especificaciones de la donación o legado; destino, objetivo, condiciones u otra especificación de la donación o legado; persona y cargo del que recibe por el órgano correspondiente de la Unión; lugar y fecha del hecho; nombre y firma de la  persona (s) que donan o legan, del Presidente y Tesorero del órgano beneficiado y otros testigos que puedan acreditar.

El acta se realizará en original y copia; el original se archivará por la Tesorería junto a los comprobantes de ingresos.

La donación o legado de dinero en efectivo a los órganos que no posean cuentas bancarias en monedas convertibles se convertirán en CUP al precio oficial –se conservarán los documentos del banco por la conversión- y su registro como hecho financiero se corresponderá a lo normado en este Reglamento en cuanto al depósito en el banco y su asentamiento en el libro de Ingreso y Gastos. En caso de bienes materiales también se ajustará a los procedimientos regulados en el presente Reglamento sobre el registro en el Libro de Inventarios y otras regulaciones sobre los recursos materiales.

Sobre el registro y pago de los gastos.

Todos los gastos en que incurren los órganos, desde la Nación hasta las Filiales se planifican y aprueban en el Presupuesto Anual y solo se utilizan en pro de los fines de la Unión.

La contabilización de los mismos será de la forma siguiente:

Para los Gastos Personales.

El pago de alimentación, transporte y alojamiento en efectivo se realiza solo cuando están previamente acordadas y con financiamiento presupuestado a:

A los asociados por la participación en actividades científicas-técnicas.

Dirigentes, técnicos y funcionarios por necesidades de la Unión.

A especialistas no asociados que colaboran científicamente o contribuyen a la superación de los asociados.

El pago de los gastos personales, como cualquier otro, son autorizados mediante firma en la forma o modelos correspondientes por los presidentes y tesoreros de la Unión y Filiales. Solo es legal cuando son autorizados por los dos o el Vicepresidente cuando uno de los anteriores esté con ausencia prolongada.

El pago de dieta por alimentación, en la fecha que entra en vigor estas Normas y Procedimientos los valores vigentes son: desayuno $ 10.00; almuerzo $ 30.00 y comida $ 30.00 para un total de $ 70.00 diarios.

En el caso de viaje se tendrá en cuenta que la ida y regreso se realice -de acuerdo a la posibilidad de transporte- lo más próximo posible a la fecha de la función a cumplir. Se autoriza el pago de la dieta teniendo en cuenta el lugar de la residencia del beneficiado y la distancia o condiciones del traslado para el sitio de la partida del transporte o el regreso a la casa. Se pagará el desayuno si se calcula y se realiza que la salida de la casa se hace antes de la 6.00 am.; el almuerzo antes de las 12.00 am. y la comida antes de la 6.00 pm. Para el regreso, se pagará si el arribo a la casa se realiza después 9.00 am, 2.00 y 9.00 pm. respectivamente.

El pago se registra con el Modelo F-11.

El pago del hospedaje se hará con un precio máximo de $ 70.00. En el momento de la liquidación es imprescindible la presentación de la factura o comprobante oficial emitido por la instalación estatal o perteneciente a una institución asociativa que brindó el servicio, según el Modelo F-11. En caso de ser inferior el costo del hospedaje se devuelve el efectivo no utilizado.

En todos los casos la liquidación la efectúa el beneficiado ante la Tesorería hasta 3 días hábiles de haber recibido el servicio o regresado del viaje.  Donde deba presentarse documentación o datos establecidos y no pueda realizarse se devolverá el importe correspondiente a la Tesorería. Si incurrió en exceso de gastos, el Presidente del órgano correspondiente puede autorizar el pago de la diferencia, si la extensión de la estancia fue por causas justificadas. En el caso de la alimentación no se exige documentos de justificación.

El pago del pasaje puede ser en taxis, bicitaxis, microbuses, camiones, ómnibus, motociclos, coches, barcos y avión, este último será aprobado por el Presidente Nacional.

El pago del pasaje presupone un anticipo para su compra, por lo que este se liquidará con el comprobante correspondiente en el caso de ómnibus nacionales, barcos y avión. El extravió del comprobante presupone la devolución del dinero.

En el caso del uso de taxis, bicitaxis, microbuses, camiones, motociclos, coches y ómnibus intermunicipales, que no emiten comprobante, el dirigente o personal de la plantilla auxiliar de la organización -que será a los únicos que se les pagará en estos casos por realizar trabajos en función de la UNIÖN-, presentará a la Tesorería los datos siguientes para poder ejecutar el pago del servicio recibido: Nº de LOT y chapa en el caso de TCP y chapa y número de identificación en caso de medios estatales, y en todos los casos la fecha, origen y destino del viaje, y el valor del servicio.

El pago se registra con el Modelo F-12.

Para los pagos de productos o servicios.

Los órganos de dirección de la Unión tienen autoridad para realizar compras y pagar productos o servicios de cualquiera de las formas de producción o servicios legalmente establecidos. Las compras y pagos los autorizan los Presidentes y los realizan los tesoreros correspondientes siempre que se correspondan con los fines de la Unión, estén autorizadas por el Comité Ejecutivo Nacional, planificada en el Presupuesto del año y no excedan el monto aprobado en la partida correspondiente.

Para el pago de contratos con empresas, cooperativas no agropecuarias o trabajadores por cuenta propia, se autorizan las siguientes actividades.

Impresiones poligráficas de revistas y libros, producidos por la UNION.

Servicios de reparación y mantenimiento de las sedes sociales.

Servicios de reparación y mantenimiento de equipamiento informático o mobiliario.

Compra de materiales e insumos para el funcionamiento de la UNIÖN.

Compra de medios y mobiliario para las sedes sociales.

Servicios de alimentación y alojamiento.

Servicios de transportación.

Para estos servicios o compra de productos, se realizará un contrato, utilizándose en primer lugar la proforma que proponga la entidad contratada o en caso de no ser viable se utilizará la proforma elaborada en la UNION, según el Modelo F-13. Los contratos los firma el Presidente Nacional o de Filial.

Estas operaciones comerciales siempre serán respaldado por la factura o documento que emita el vendedor y que debe contener el nombre de la unidad y/o empresa, cooperativa o trabajador por cuenta propia –en este caso la dirección y el número de contribuyente y carnet de identidad-; nombre del órgano de la Unión que compra y paga; descripción del producto con la unidad de medida, precio, cantidad y total del valor; descripción del servicio que se vendió y paga con la duración u otras características; fecha; cuño; nombre, apellidos y firma del vendedor y del que realiza el pago por la Unión.

Cuando el pago se efectúa con cheques, la Tesorería anotará el número del cheque, la fecha de emisión y posteriormente la fecha en que fue cobrado.

En el caso de que el vendedor no posea factura o documento oficial, el comprador por la Unión le solicitará que llene el Comprobante de compra y pago de productos y servicios según corresponda si es estatal o cooperativa (Modelo F-14) o trabajador por cuenta propia (Modelo F-15).

Cuando el acto de compra-venta requiere la extracción de caja chica de dinero en efectivo y entrega a la persona que realizará el pago, se procederá mediante el Comprobante de Anticipo que preservará la Tesorería hasta la presentación de la factura o comprobante para archivar. (Modelo F-16).

En casos excepcionales se podrán realizar compras a personas naturales (que no ejercen el trabajo por cuenta propia) mediante acta notarial que respalde el acto de compra-venta. Siempre será de productos, no servicios, que por sus características no están en el mercado estatal, cooperativo o de otras formas de gestión y se precisan en una o poca cantidad y por única vez.

Para el pago Premios.

El pago de los premios se realiza mediante la Orden de pago de premio que emite el presidente del órgano mediante constancia firmada por él y el miembro del secretariado que atiende la actividad y donde se exprese el nombre del Premio, reseña del dictamen o nombres del Jurado, obra, resultado científico y/o persona premiada, fecha de entrega, monto en número y letras según lo presupuestado y en lo que consistirá el pago: dinero, obras de arte, artesanales, libros, etc. Otras determinaciones imprescindibles para el pago o legales. Cumplido lo que antecede, el Tesorero ejecutará el pago y conservará en la Tesorería la Orden de pago de premio con los otros documentos que generó.

Al monto del premio se le descuenta el 5 %, que es lo fijado como impuesto a ingresos personales y el valor de ese % se deposita en la Oficina de la ONAT municipal donde está enclavada la Filial o sede nacional, en el modelo establecido por esa entidad recaudadora.

Los premios que pagan efectivo se realizarán mediante cheque y se confeccionará el Comprobante pago de en efectivo o cheque (Modelo F-17). 

Para el Pago de impuestos o aportes a la seguridad social.

 Los pagos de impuestos y aportes a la seguridad se realizarán de acuerdos a las leyes estatales. Estas Normas y Procedimientos se elaboraron según la Ley de Presupuesto de año 2015 que autoriza pagar como aporte a la seguridad social, el 12.5 % sobre los salarios o vacaciones pagadas a los trabajadores. Su liquidación al banco se hace según modelo emitido por este.

Para el pago de servicios contratados a personas naturales. 11

Los servicios por contratación por servicios de personas naturales al trabajo de la UNION, comprende:

Contrato de Actividad Artística y Literaria: Se firma con creadores debidamente acreditados en la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales (ACCS), la Unión de Escritores y Artistas de Cuba (UNEAC), la Unión de Historiadores de Cuba (UNHIC), el Fondo Cubano de Bienes Culturales (FCBC) y la Asociación Cubana de Artesanos Artistas (ACAA), con el objetivo de:

Integrar jurados para Premios y concursos nacionales y provinciales.

Concluir proyectos de investigaciones históricas a través de las Becas UNHIC, aprobadas por el Comité Ejecutivo Nacional de la asociación.

Elaborar textos o materiales de interés de la UNIÖN, aprobados por el Presidente Nacional o de la Filial.

Los contratos los firma el Presidente Nacional o de Filial y la proforma del contrato aparece en el Modelo F-18.

Contrato por comunicación pública oral: Se firma con historiadores, escritores o comunicadores para realizar el acto de comunicación pública oral de una obra escrita, en presentaciones de libros y revistas editadas por la UNIÖN y por impartir conferencias o talleres previamente aprobadas en los Ejecutivos.

Los contratos los firma el Presidente Nacional o de Filial y la proforma del contrato aparece en el Modelo F-19.

Contrato por publicación de artículos en la Revista El Historiador o en revistas que se aprueben en las Filiales: Se firma el contrato en el proceso de edición del número e la revista en que está insertado el artículo, y se paga una vez que la revista esté impresa y comience su presentación.

Los contratos los firma el Presidente Nacional o de Filial y la proforma del contrato aparece en el Modelo F-20.

Contrato de pago de derechos a los autores de libros editados por los sellos editoriales de la UNION: El pago de la cuantía del derecho de autor se determina, teniendo en cuenta el valor de la obra, la cantidad de páginas y la cantidad de ejemplares impresos y los parámetros técnicos que se fijan en las editoriales del ICL. El Presidente nacional y el Presidente de la Filial de Holguín, de acuerdo con el Editor-Jefe de los sellos editoriales respectivos y el Tesorero, determinan el valor a pagar, que se hará en un solo pago posterior a imprimirse la obra y comenzar su presentación.

Los contratos los firma el Presidente Nacional o de la Filial de Holguín y la proforma del contrato aparece en el Modelo F-21.

Los pagos contemplados en este acápite se realizarán a partir de la subvención nacional en el caso de los generados en la sede nacional. Los que se realicen en las Filiales saldrá de sus fondos propios y no de la subvención nacional que reciben.

La documentación de los pagos previstos en este capítulo se archivará en lo que concierne a facturas y modelos de pago, en la contabilidad anual, de forma consecutiva y diferenciados por meses.

Los contratos se archivarán por proveedores y entidades y en el caso de los pagos a personas naturales en un folder, en orden consecutivo a que se fueron firmando, de abajo hacia arriba.

Sobre el funcionamiento de las cajas chicas en efectivo.

El monto de la caja chica lo fija el Secretariado Nacional para la sede nacional y los secretariados provinciales para sus filiales, mediante acuerdo, contenido en acta. Su monto no deberá exceder los 3000.00 pesos para la nación y los 2000.00 pesos para las Filiales. En el acuerdo se define el responsable de la caja chica. Si es el Tesorero, se decidirá que otro miembro del Secretariado firma el autorizo además del presidente.

El uso de la caja chica está destinado a: 13

Depositar temporalmente el dinero o cheques resultantes de ingresos de la UNION, en un plazo no mayor de tres días hábiles posterior al momento de su recibo.

Los pagos por gastos personales y otros aprobados, que no sea posible realizarlos por cheques, en un valor nunca superior a los 500 $.

Los modelos de control de los pagos aparecen en acápites anteriores.

Todo pago por caja chica, excepto la dieta en efectivo para alimentación y transporte que no emite justificante, requiere de un comprobante de pago.

El pago por caja chica se hace efectivo hasta que el anticipo sea liquidado o en el momento del pago con el documento acreditativo.

El responsable de la caja chica se hará por el Especialista o técnico en gestión económica o por el Tesorero según se acuerde en el Ejecutivo correspondiente. En caso que sea el Tesorero, este no podrá estar entre las firmas autorizadas de pago.

En el mes podrán realizarse hasta 4 extracciones del banco, para reembolsar la diferencia con el tope establecido en la caja chica. El modelo de reembolso es firmado por la persona que tiene la responsabilidad de la caja chica y por el Presidente o por otra de las firmas autorizadas en el banco.

El dinero de caja chica será guardado en una gaveta con llave, de la cual solo podrán existir como máximo dos copias, una bajo el control del funcionario autorizado y otra bajo el control del Tesorero o Presidente. El local donde esté el archivo o buró donde se deposita el dinero, deberá ser seguro, con un llavín de doble paso y la llave del mismo la podrán tener el funcionario responsabilizado con la caja chica, el Presidente, el Vicepresidente y el Tesorero de la UNION o de las Filiales.

Para el rembolso bancario del fondo aprobado en la caja chica, se parte del principio que se considera gasto, toda gestión de pago que concluye con la liquidación de la operación en la caja chica, con la entrega de los justificantes correspondientes y de las firmas establecidas. La extracción bancaria para caja chica se corresponde con la diferencia entre los gastos y la existencia monetaria, para llevar el fondo al monto máximo aprobado, y para tal fin se utilizará el Modelo F- 22.

Capítulo  3 / SISTEMA DE CONTROL E INFORMACIÓN FINANCIERA

Este sistema incluye los modelos señalados en los capítulos anteriores, junto a las evidencias de pagos correspondientes, y el estado de cuenta que emite el banco, que debe solicitarse como mínimo quincenalmente. Para la conciliación bancaria en la UNHIC, se utilizará el Modelo F-23.

A partir de lo establecido en el Modelo F-06 y el Modelo F-23, mensualmente se realizarán análisis de la situación financiera entre el Tesorero y el Presidente de la UNIÓN y de las Filiales, revisando la ejecución de la partidas de ingresos y gastos en el mes vencido y durante el año, para tomar las medidas que sean necesarias para lograr una armonía entre ingresos y gastos, evitar sobregiros o bajas ejecuciones en las partidas establecidas y mantener un efectivo en banco que pueda hacer frente a las obligaciones contraídas y los márgenes de reserva necesarios ante contingencias o para el futuro.

También deberán comprobar en ese análisis que la documentación contable está en regla, que existen registradas las firmas establecidas y que los modelos se corresponden con los establecidos.

Adicionalmente a los modelos que intervienen en el control financiero de la UNIÓN y que aparecen en este manual, la sede nacional y las Filiales deberán llevar el Libro de Ingresos y Gastos, que es una exigencia de la Ley de Asociaciones, los que deberán ser legalizados por la dirección correspondiente del Ministerio de Justicia. En el asiento de cada hecho financiero debe anotarse claramente la procedencia de los ingresos y la inversión de los gastos sin dejar lugar a alguna duda. Modelo F-24.

Al iniciar cada hoja o folio se anotará en concepto “Saldo de la hoja anterior” y en la columna de saldo la cantidad.

Capítulo 4 / DEL FONDO DE LA SECCIONES DE BASE Y LA SECCIÓN ESPECIALIZADA FAR

La Sección de Base ejecuta el cobro de la cotización a los afiliados y lleva el control del pago en un modelo anual (Modelo F-25). El cobro debe realizarse sobre la base de que trimestralmente se liquida a la Filial el 75 % correspondiente y que ningún asociado debe estar atrasado más de un trimestre.

Las secciones de base crean un fondo financiero a partir del por porciento de la cotización que el Comité Ejecutivo Nacional acuerde quedará en la sección de base y otras formas de ingreso que se aprueben en el futuro. Las direcciones de las secciones de base llevarán el control de ese fondo de conjunto con la Filial mediante el modelo Control del fondo financiero de la sección de base y conciliación con la Filial (Modelo F-26). Los ingresos por cotización se asentarán antes del despacho o remisión de la cotización –cualquiera que sea la forma- a la Filial; los otros ingresos y los gastos en que incurran se asentarán de forma inmediata y se justificarán con los documentos que lo acrediten y otras exigencias descriptas en estas Normas.

El acto de conciliación financiera de la sección de base con la Filial será trimestral, tanto para liquidar la cotización, como para informar los gastos que pudieran haber existido de sus fondos en ese período.

La Sección Especializad FAR retendrá el 100 % de su cotización, para utilizarla en sus propias actividades, pero deberá conciliar trimestralmente en la sede nacional sus ingresos y gastos.

Los miembros de los Secretariados Provinciales en sus visitas a las Secciones de Base, controlaran los fondos de las mismas y el uso que destinaron a sus fondos. El Tesorero Nacional lo hará con la Sección Especializada FAR.

Capitulo 5 / SOBRE EL CONTROL DE LOS MEDIOS BÁSICOS Y ÚTILES

Sobre los medios básicos: Se consideran como tal los Activos Fijos Tangibles (AFT) que existan en las sedes sociales de la UNIÓN o en el local que se habilite donde estas no existan. Se consideran AFT:

(mesas, sillas, butacas, buroes, archivos, estantes)

Aires Acondicionados.

Computadoras (cada componente se contabiliza por separado: Torre, pantalla, bocinas, mouse, UPS)

Modem externos

Quemadores externos.

Discos Externos.

Fogones de gas.

Balones de gas.

Hornillas de resisten o de inducción.

Otro equipo que se autorice su compra.

Cada AFT tendrá un número único en la UNIÖN, a partir de la siguiente codificación:

Las siglas UNHIC + Número de la entidad + Número consecutivo del medio.

Se imprimirán pegatinas que se fijarán de un lugar del medio que no afecte la estética y la preservación de la pegatina.

Los números de las entidades serán:

01-Pinar del Rio

02-Artemisa

03-La Habana.

04- Mayabeque

05- Matanzas

06-Cienfuegos

07-Villa Clara

08-Sancti Spiritus

09-Ciego de Ávila

10-Camaguey

11-Las Tunas

12-Holguin

13-Granma

14- Santiago de Cuba

15-Guantánamo

16-Isla de la Juventud.

17- Sede Nacional

Ejemplo: Sede Nacional:      UNHIC-17- Número de orden dado.

Se le asignará un nuevo número de control a los AFT durante el primer trimestre del 2019 y su relación será enviada a la sede nacional mediante el Modelo F- 27.

Este modelo se actualizará en la Filial o en la Sede Central cada vez que se produzca la entrada de un medio nuevo o la baja definitiva de uno de ellos.

La Filial enviará en el primer trimestre de cada año a la sede central el listado actualizado de sus medios. (Modelo F-27)

En el caso de la UNIÓN, los AFT no se deprecian contablemente, sino que se reparan o se les da de baja.

El responsable de la custodia de los AFT es el Administrador de la sede donde este exista y el Presidente o la persona que este delegue donde no se cuente con sede social.

Existirá un modelo de control de AFT para cada local en que estos se encuentren, que tendrá dos copias, una en manos de la Administrador o Tesorero de la UNIÓN o Filial y otro situado en un folder o lugar visible para que pueda se autocontrolado por las personas que utilizan ese espacio. El Modelo F-28, contemplará el medio, su número de serie si lo tiene, el valor de compra y el responsable de su custodia con su firma.

Independiente del procedimiento anterior, la sede nacional y las Filiales tendrán el Libro de Inventario, debidamente registrado ante notario público donde se refleje el medio, su valor y el movimiento de los mismos.

El procedimiento para enviar un AFT a reparar o trasladar fuera de su sede es el siguiente:

Se llena el Modelo F-29, que contiene la información básica y las firmas correspondientes para realizar el traslado, el cual se completa con el regreso del medio al local correspondiente. La firma autorizada para el movimiento del AFT será el Presidente de la UNION y de las Filiales o en ausencia de este el Vicepresidente.

El procedimiento para dar baja a un AFT es el siguiente:

Se obtiene un dictamen técnico de un especialista reconocido donde refleja las condiciones del equipo y mobiliario y donde propone su baja. (Modelo F-30)

Se crea una Comisión encabezada por el Presidente, el Vicepresidente, el Tesorero, el Administrador de la Sede, Especialista en Contabilidad y otro miembro del Secretariado donde este no exista que certifica la necesidad de la baja y firman el Modelo F-30 que incluye la explicación del destino final del medio.

Se procede a la eliminación del medio, que en el caso de los medios informáticos se entregarán a la Empresa de Materias Primas.

Se hace el registro contable correspondiente, para la eliminación del medio de la Contabilidad y se actualiza en el Modelo F-27.

Todos los medios que están pendientes de baja en la UNION en el momento de entrar en vigor estas normas, deberá procederse a su baja y salida de los locales en uso durante en el primer trimestre del 2019, de forma tal que en la asignación de la nueva numeración no sean incluidos y no aparezcan en la información a enviar antes del 10 de abril del 2019 según el Modelo F-27.

En caso de extravió o sustracción, se procederá a esclarecer el hecho. De no ser producto de un hecho delictivo se procederá a su reposición por el responsable o el pago de la responsabilidad material, que será tres veces el valor del medio, según el Modelo F-31. El importe del pago se ingresa al banco, por la partida de donaciones. En caso de un hecho delictivo se realizará la denuncia correspondiente a la PNR.

Sobre los Útiles y herramientas: se consideran como tal aquellos de bajo valor y que su vida útil o forma de utilización no permita darle el tratamiento de AFT. Se consideran como tal:

Cubiertos personales.

Útiles de cocina.

Termos

Organizadores de escritorios

Saca presillas.

Bandejas para documentos.

Herramientas de trabajo

Otros que se correspondan con la denominación general.

Estos medios no llevan número de control, solo se registran en un modelo, que refleja el útil como tal, su valor de compra, a quien se le asignó, la fecha y firma del responsable. (Modelo F-32)

Para dar baja a un Útil o Herramienta, se procederá de la forma siguiente:

En caso de rotura, se procede a darle de baja en el propio Modelo F-32, con el registro de la fecha y firma correspondiente.

En caso de extravío, se procederá a su reposición por el responsable o el pago triplicado del valor del Útil, según el Modelo-31, eliminando los datos de No. de Inventario. El importe del pago se ingresa al banco por la partida de donaciones.

Capitulo 6 / LOS EQUIPOS AUXILIARES PROFESIONALES. CALIFICADORES, PLANTILLAS Y CONTROL DE LOS RECURSOS HUMANOS

La UNHIC requiere de una plantilla auxiliar que apoye el trabajo no profesional de sus dirigentes y el funcionamiento de la asociación desde la sede central hasta las secciones de base y sus relaciones con las instituciones y organizaciones en que se vincula institucional y profesionalmente.

La base legal que sustenta los cargos, calificadores y salarios en la UNIÓN es la siguiente:

Código del Trabajo y su Reglamento.

Resolución 30/2005 del MTSS sobre el salario escala.

Resoluciones 23, 63, 75, 76, 77/ 2009 del MTSS con los calificadores de cargos, tanto generales como específicos del sector de la cultura.

Resoluciones 26 y 27/ 2011 del MTSS que establece el sistema salarial del Ministerio de Cultura y las organizaciones que tiene a ese ministerio como órgano de relación.

Resolución 29/2014 del MTSS que estable los informes, modelos y registros primarios a emplear por las entidades para cumplir lo establecido en el Reglamento del Código de Trabajo.

Los salarios de cada cargo, tienen en cuenta:

Salario Básico: Según la escala que se establece en el calificador.

Pago adicional de 30.00 $ para toda plaza de carácter técnico.

Pago adicional de 50.00 $ por cargos técnicos en el sector de la cultura radicadas a nivel nacional, 40.00 $ a nivel provincial y 30.00 $ a nivel municipal.

Pago adicional de 20.00 $ a las plazas administrativas y obreros.

Pago adicional por grado de doctor en ciencia (150.00 $) y máster en ciencia (80.00 $) a cargos técnicos de nivel superior, siempre que el contrato laboral sea a tiempo completo.

Al cargo de Administrador de la Casa del Historiador no se le aplican pagos adicionales vinculados al sector de la Cultura, excepto por grado científico o académico, pues es un cargo dirigente habilitado especialmente por el MTSS para la UNHIC.

Cargos y calificadores.

Los calificadores de cargos seleccionados son resultado de los análisis realizados en el Secretariado Nacional, con los Secretariados Provinciales y los Presidentes de Filiales, la conciliación ejecutada con la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura y su aprobación en el Comité Ejecutivo Nacional de la UNHIC.

Los cargos a utilizar en la UNIÓN son los siguientes:

ESPECIALISTA B EN ORGANIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD CULTURAL

SUBORDINACIÓN: Presidente Nacional y Presidentes de Filiales.

CATEGORÍA OCUPACIONAL: Técnico

GRUPO ESCALA: XI

SALARIO: 445.00 $ (Nación), 435.00 $ (Provincias), 425.00 $ (Isla Juventud)

CONTENIDO DE TRABAJO:

Planifica, organiza y realiza acciones para el aseguramiento de las actividades de la UNHIC, tanto en el orden administrativo como organizativas.

Participa en la proyección, orientación y control de la utilización de los recursos humanos, materiales y financieros de la sede central.

Participa en la proyección y gestión de fondos de financiamiento para proyectos culturales y en la estrategia de comercialización de las publicaciones de la Unión.

Recopila, elabora y emite informaciones estadísticas a su nivel y emite dictámenes técnicos sobre documentos y asuntos que se le asignen.

Participa en tares de coordinaciones y enlace con organizaciones y organismos que mantienen relaciones con la UNHIC.

Realiza otras funciones que se requiera por encargo del Presidente de la UNHIC relacionadas con el cargo específico que pueda asumir en el Secretariado o las necesidades de la organización, que se definen en el contrato de trabajo.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Superior en especialidad afín.

ESPECIALISTA B EN CIENCIAS INFORMÁTICAS

SUBORDINACIÓN: Presidente Nacional

CATEGORÍA OCUPACIONAL: Técnico

GRUPO ESCALA: XI

SALARIO: 445.00 $

CONTENIDO DE TRABAJO

Diseña e implementa software, aplicaciones multimedia, páginas web, sitios web y portales de menor complejidad;

Ejerce funciones de asesoría y atención a usuarios de las redes;

Investiga, analiza y busca soluciones a problemas técnicos menos complejos;

Repara, ensambla y actualiza tecnologías de la información y las comunicaciones menos complejas;

Elabora, actualiza y controla el Plan de Seguridad Informática, asesorando y controlando a las Filiales.

Administra y gestiona redes informáticas y sus recursos menos complejos;

Realiza tareas de gestión de los conocimientos y búsqueda de información de menor complejidad;

Ejecuta el montaje digital del Boletín UNHIC y asegura su trasmisión en las redes.

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Superior en especialidad afín.

ESPECIALISTA C EN CIENCIAS INFORMÁTICAS

SUBORDINACIÓN: Presidente de la Filial

CATEGORÍA OCUPACIONAL: Técnico

GRUPO ESCALA: X

SALARIO: 395.00 $ (provincias), 385.00 $ (Isla Juventud)

CONTENIDO DE TRABAJO:

Diseña e implementa aplicaciones de multimedia, páginas web, sitios web y portales de menor complejidad;

Ejerce funciones de asesoría y atención a usuarios de las redes;

Investiga, analiza y busca soluciones a problemas técnicos menos complejos;

Repara y actualiza tecnologías de la información y las comunicaciones menos complejas;

Elabora, implementa y supervisa el plan de Seguridad Informática;

Administra y gestiona redes informáticas y sus recursos menos complejos;

Realiza tareas de gestión de los conocimientos y búsqueda de información de menor complejidad;

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Superior en especialidad afín.

TÉCNICO EN CIENCIAS INFORMÁTICAS

SUBORDINACIÓN: Presidente de la Filial

CATEGORÍA OCUPACIONAL: Técnico

GRUPO ESCALA: VIII

SALARIO: 355.00 $ (Provincias), 345.00 $ (Isla Juventud)

CONTENIDO DE TRABAJO:

Participa en la búsqueda de soluciones a problemas técnicos;

Responde por la implementación de los sistemas informáticos a su cargo;

Apoya en la elaboración de los planes de seguridad, de vigilancia y análisis de riegos;

Participa en el análisis de sistemas de información;

Participa en la realización de servicios, procesos informáticos o proyectos informáticos;

Participa en la implementación de aplicaciones de Comercio Electrónico, aplicaciones multimedia, Páginas Web, Sitos Web y Portales;

Participa en la instalación de sistemas, software, estaciones, servidores, y otros dispositivos de conectividad;

Instala y cablea redes informáticas y de comunicaciones;

Repara y ensambla tecnologías de la información y las comunicaciones;

Realiza tareas de búsqueda de información por Internet;

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Técnico Medio en una especialidad afín.

GESTOR A DE ARCHIVO CENTRAL

SUBORDINACIÓN: Organizador Nacional

CATEGORÍA OCUPACIONAL: Técnico

GRUPO ESCALA: XI

SALARIO: 445.00 $

CONTENIDO DE TRABAJO:

Ejerce la organización, control y supervisión del Archivo Central de la UNHIC;

Planifica, organiza y controla los servicios archivísticos;

Organiza y controla los sistemas de flujo de documentos;

Organiza sistemas de distribución y control de correspondencia;

Asesora en la elaboración de reglamentos, procedimientos y normas archivísticas;

Asesora y controla a las Filiales en la implementación de las políticas internas de Gestión Documental;

Planifica y ejecuta programa de organización de documentos;

Colabora con los usuarios del sistema institucional de archivos;

Participa en la organización de la gestión de documentos en cualquier tipo de soporte;

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Superior.

ESPECIALISTA B EN COMUNICACIÓN CULTURAL

SUBORDINACIÓN: Secretaria Nacional De Divulgación y Relaciones Públicas

CATEGORÍA OCUPACIONAL: Técnico

GRUPO ESCALA: XI

SALARIO: 445.00 $

CONTENIDO DE TRABAJO:

Elabora, asesora y participa en la organización, funcionamiento, supervisión y control del Sistema Institucional de comunicación;

Realiza diagnósticos, pronósticos, programas y planes de desarrollo en la comunicación;

Elabora y participa en programas de relaciones públicas;

Investiga, analiza, planifica, diseña y produce programas y acciones comunicativas;

Prepara y edita publicaciones informativas en cualquier medio o portador, incluyendo las digitales;

Redacta, revisa y reelabora materiales en cualquiera de los géneros y modalidades del periodismo, acorde con el medio que labora, que incluye el Boletín UNHIC;

Realiza fotorreportajes, secciona imágenes y toma fotos;

Diseña y organiza y gestiona en general eventos científicos – informativos;

Atiende a la prensa especializada y coordina su participación en las actividades de la UNHIC.

Coordina y garantiza spots promocionales en la televisión y la radio.

Promueve y controla el trabajo de los colaboradores en las Filiales.

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Superior.

ESPECIALISTA C EN COMUNICACIÓN CULTURAL

SUBORDINACIÓN: SECRETARIO DE DIVULGACIÓN Y RELACIONES PÚBLICAS.

CATEGORÍA OCUPACIONAL: TÉCNICO

GRUPO ESCALA: X

SALARIO: 395.00 $ (Provincias), 385.00 $ (Isla Juventud)

CONTENIDO DE TRABAJO.

Elabora, asesora y participa en la organización, funcionamiento, supervisión y control del Sistema Institucional de comunicación;

Realiza diagnósticos, pronósticos, programas y planes de desarrollo en la comunicación;

Elabora y participa en programas de relaciones públicas;

Investiga, analiza, planifica, diseña y produce programas y acciones comunicativas;

Prepara y edita publicaciones informativas en cualquier medio o portador, incluyendo las digitales;

Redacta, revisa y reelabora materiales en cualquiera de los géneros y modalidades del periodismo;

Realiza fotorreportajes, secciona imágenes y toma fotos;

Atiende a la prensa especializada y coordina su participación en las actividades de la UNHIC.

Coordina y garantiza spots promocionales en la televisión y la radio.

Promueve y controla el trabajo de los colaboradores en las Secciones de Base.

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Superior.

TÉCNICO EN COMUNICACIÓN CULTURAL

SUBORDINACIÓN: SECRETARIO DE DIVULGACIÓN Y RELACIONES PÚBLICAS

CATEGORÍA OCUPACIONAL: TÉCNICO

GRUPO ESCALA: VIII

SALARIO: 355.00 $ (Provincias), 345.00 $ (Isla Juventud)

CONTENIDO DE TRABAJO:

Elabora y propone los planes de divulgación, propaganda y publicidad de las actividades asignadas atendiendo a los lineamientos y directrices aprobadas;

Analiza y estudia sistemáticamente la eficiencia de los mensajes y los medios que elabora, así como la divulgación y propaganda de la UNHIC;

Formula y ejecuta las necesidades de divulgación, propaganda, publicidad y promoción de productos realizando pruebas de ventas y aceptación;

Contribuye en la preparación de campañas, así como los servicios publicitarios para la difusión de las actividades y las misiones de la UNHIC.

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Medio Superior.

CARGO: ESPECIALISTA C EN GESTIÓN ECONÓMICA.

SUBORDINACIÓN: Tesorero Nacional y de las Filiales

CATEGORÍA OCUPACIONAL: Técnico

GRUPO ESCALA: X

SALARIO: 405.00 $ (Nación), 395.00 $ (Filiales), 385.00 $ (Isla Juventud)

CONTENIDO DE TRABAJO:

Elabora propuestas de presupuesto y planes de gastos e ingresos;

Evalúa el comportamiento del presupuesto aprobado;

Analiza y emite criterios sobre el comportamiento de los indicadores financieros;

Elabora estados financieros y de presupuestos en moneda nacional o divisas según corresponda, realizando valoraciones de los mismos;

Participa en la elaboración de los planes financieros y otras actividades financieras de la entidad;

Realiza análisis estadísticos mensuales, trimestrales y anuales;

Lleva la relación institucional con la agencia bancaria correspondiente,

Elabora cheques y los documentos de autorización;

Controla la caja chica de la organización y los pagos en efectivo.

Elabora las nóminas salariales;

Prepara y ejecuta las transferencias financieras a las Filiales que le sean aprobados;

Lleva el control financiero de la venta de las publicaciones;

Asesora en materia económica a Tesorero Nacional;

Realiza otras funciones de similar naturaleza que le sean asignadas;

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Superior

TÉCNICO A EN GESTIÓN ECONÓMICA

SUBORDINACIÓN: Tesorero

CATEGORÍA OCUPACIONAL: Técnico

GRUPO ESCALA: VIII

SALARIO: 355.00 $ (Provincias), 345.00 $ (Isla Juventud)

CONTENIDO DE TRABAJO:

Elabora propuestas de presupuesto y planes de gastos e ingresos;

Evalúa el comportamiento del presupuesto aprobado;

Analiza y emite criterios sobre el comportamiento de los indicadores financieros;

Elabora estados financieros y de presupuestos en moneda nacional o divisas según corresponda, realizando valoraciones de los mismos;

Participa en la elaboración de los planes financieros y otras actividades financieras de la Filial;

Realiza análisis estadísticos mensuales, trimestrales y anuales;

Lleva la relación institucional con la agencia bancaria correspondiente,

Elabora cheques y los documentos de autorización;

Controla la caja chica de la organización y los pagos en efectivo.

Lleva el control financiero de la venta de las publicaciones;

Asesora en materia económica al Tesorero de la Filial;

Realiza otras funciones de similar naturaleza que le sean asignadas;

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Medio Superior

ADMINISTRADOR

SUBORDINACIÓN: Presidente Nacional y de Filiales

CATEGORÍA OCUPACIONAL: DIRIGENTE

SALARIO: 365.00 $ (Nación), 325.00 $ (Provincias), 315.00 $ (Isla Juventud)

CONTENIDO DE TRABAJO:

Controla los medios básicos de la sede nacional

Gestiona la factibilidad de compra de medios y equipos.

Ejecuta la compra de los medios y equipos que sean aprobados.

Gestiona las acciones de reparación y mantenimiento tanto constructiva como para el equipamiento.

Gestiona pasajes y alquiler de medios de transporte.

Elabora las nóminas salariales;

Gestiona capacidades de alojamiento y facilidades de alimentación.

Capta y controla el trabajo de la auxiliar general.

Asegura las acciones que le sean indicadas y sean posibles para el aseguramiento de las actividades que genere la sede nacional.

Otras actividades afines que se sean indicadas por el Presidente Nacional.

AUXILIAR GENERAL DE SERVICIOS

SUBORDINACIÓN: ADMINISTRADOR

GRUPO ESCALA: II

SALARIO: 255.00 $ (Igual para todas las estructuras)

FUNCIONES O TAREAS PRINCIPALES:

Ejecuta labores de limpieza en oficinas, pasillos, techos, paredes, ventanas, muebles y salones de reuniones.

Crea condiciones para recibir visitas e invitados.

Mantiene la higiene en los servicios sanitarios y los abastece de toalla, papel sanitario, jabón y otros productos.

Elabora el café y los sirve.

Prepara y/o sirve meriendas.

Realiza otras tareas de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTO: Curso de habilitación o entrenamiento en su puesto de trabajo.

SERENO

SUBORDINACIÓN: ADMINISTRADOR

GRUPO ESCALA: II

SALARIO: 255.00 $ (Igual para todos los niveles de dirección)

FUNCIONES O TAREAS PRINCIPALES

Vigila y custodia los edificios, propiedades y equipos del Estado en general y de las dependencias en que presta sus servicios, durante turnos diurnos y nocturnos.

Recorre periódicamente los locales y terrenos bajo su vigilancia.

Controla, de acuerdo con los métodos establecidos, la entrada y salida de personal y vehículos a los locales y terrenos bajo su custodia.

Sirve de guía a las personas ajenas a su dependencia e informa a los vigilantes que así lo solicitan.

Realiza otras tareas de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Entrenamiento en su puesto de trabajo.

REDACTOR EDITOR “A”

SUBORDINACIÓN: Presidente Nacional o de la Filial de Holguín.

GRUPO ESCALA: X

SALARIO: 405.00 $ (Nación), 395.00 $ (Filial Holguín)

FUNCIONES O TAREAS PRINCIPALES:

Es el especialista de la editorial que aplica sus conocimientos culturales y científicos, así como su experiencia, a la solución de los problemas en la actividad técnica editorial.

Responde por los manuscritos que redacta en cuanto a su contenido ideológico, político y científico.

Es el máximo responsable del libro en cuestión, tanto desde el punto de vista del contenido como de su unidad técnica y formal.

Evalúa el texto del libro que se le asigne e igualmente sus elementos complementarios – notas de presentación, prólogos, introducciones, apéndice y otros – los cuales, eventualmente redacta. Verifica citas y textos tomados de fuentes primarias. Prepara informes de lectura de los libros evaluados, las especificaciones para el trabajo de los redactores y técnicos, y también las anotaciones para la Poligrafía y el comercio de los libros que atiende. Redacta los textos complementarios de las ilustraciones –pies de fotos, leyendas de mapa, –, presentados por los autores, determina su colocación dentro del libro y lo remite al diseñador artístico.

Presta la ayuda necesaria a los autores para determinar la composición de manuscritos, ordenar secciones y capítulos; preparar el cuerpo de los libros –prólogos, referencias bibliográficas, notas, índices de nombres y materias, comentarios y otros –; acuerda con ellos abreviaciones, adiciones y cambios, y establece las coordinaciones operativas necesarias con los autores en el marco de su trabajo.

Participa en la elaboración de proyectos de diseño; refrenda originales de ilustraciones, planos, esquemas, fotos y otros elementos de este tipo, así como pruebas de reproducción. Pasa a los ejemplares las correcciones de los autores o encomienda esta actividad; incorpora a su trabajo las observaciones y sugerencias del especialista principal.

Realiza investigaciones documentales en los libros de montaje.

Prepara las sinopsis para el diseñador y la reseña de libros para la promoción. Discute bocetos de cubiertas con el diseñador.

Coteja y revisa, ocasionalmente, traducciones del idioma o idiomas extranjeros que conoce.

Participa en controles de calidad de libros.

Hace proposiciones de libros para futuros planes editoriales; participa activamente en la elaboración, ejecución y control de los planes editoriales de su Redacción. Participa en la promoción de libros, fundamentalmente en los editados por él.

Toma parte en la selección de lectores especializados y revisa sus informes, trasladando su opinión en caso necesario. Determina el grado de actualización del autor y participa en la discusión del pago por derechos de autor. Ayuda a la promoción y formación de escritores noveles y futuro editores.

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Superior con entrenamiento.

DISEÑADOR EDITOR

SUBORDINACIÓN: Coordinador del Sello Editorial.

GRUPO ESCALA: X

SALARIO: 405.00 $ (Nación), 395.00 $ (Filial Holguín)

FUNCIONES O TAREAS PRINCIPALES:

Es el especialista responsabilizado con la concepción artística del original a partir de lo estipulado por el trabajo de edición.

Ejecuta las coordinaciones necesarias entre el diseño, tanto gráfico como artístico y el área editorial.

Aplica en forma creadora sus conocimientos de nivel superior y vasta experiencia como diseñador e ilustrador a la línea artística de la Editorial. Elabora Proyectos de diseño de gran complejidad de acuerdo con los requerimientos y demandas expresas del área editorial y en estrecho contacto con los autores.

Elabora los perfiles editoriales y los elementos de la imagen corporativa de la Editorial.

Elabora cubiertas, páginas iniciales y demás elementos de diseño del libro, en función de su caracterización editorial.

Puede encargar bocetos de cubiertas a otros diseñadores.

Recibe originales de obras ejecutadas por otros diseñadores de menos calificación o experiencia y determina su calidad.

Se mantiene actualizado en las últimas expresiones en el arte del libro, así como de las artes gráficas y otras manifestaciones de la plástica internacional.

Ofrece recomendaciones a los editores sobre el diseño técnico interno de las ediciones y ayuda a los diseñadores de menor experiencia en aspectos que faciliten la elevación de la calidad de las ediciones. En este sentido, se realiza labor de tutoría y preparación a estudiantes y técnicos de menor experiencia.

Establece la línea general de composición de familias de tipos a utilizar en la población, características y formas de títulos, sumarios, subtítulos, créditos, así como de otros tipos de normas existentes.

Determina las normas organizativas y artísticas que garanticen el flujo de producción en cualquier tipo de sistema de impresión.

Crea materiales de diseño para la promoción de libros y autores, así como de actividades relacionadas con la Editorial.

Concibe, revisa o confecciona él mismo ilustraciones para la cubierta y el interior de los libros. Revisa y selecciona las fotografías y hace los retoques necesarios.

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Superior, con curso de habilitación.

REDACTOR EDITOR “B”

SUBORDINACIÓN: Coordinador del Sello Editorial.

GRUPO ESCALA: IX

SALARIO: 395.00 $ (Nación), 385.00 $ (Filial Holguín)

FUNCIONES O TAREAS PRINCIPALES:

Realiza diferentes tipos de tareas de redacción, referente a correcciones y redacción de estilo.

Trabaja bajo la dirección técnica de redactores editores de experiencia;

Realiza portada, portadilla y otros elementos formales del libro;

Revisa manuscritos y arreglos hechos por el corrector,

Ordena secciones y capítulos.

Prepara el cuerpo de los libros: prólogos, referencias bibliográficas, notas, índices de nombre y materia, comentario y otros.

Prepara tabla de contenido, así como anotaciones para la poligrafía,

Evalúa el texto del libro y sus elementos complementarios: prólogo, introducciones, notas de presentación, apéndices y otros, que eventualmente redacta.

Redacta el material ilustrado presentado por sus autores.

Participa en el control de la calidad de los libros que atiende.

Verifica citas y textos tomados de fuente primaria.

Pasa a los ejemplares las sugerencias del Redactor Editor “A”.

Prepara informe de la lectura de los libros evaluados.

Revisa los informes entregados por los lectores especializados; establece las coordinaciones operativas necesarias con los autores en el marco de su trabajo.

Discute bocetos de cubierta con el departamento de diseño,

Participa activamente en la elaboración, ejecución y control de los planes editoriales de su redacción.

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Superior en carrera afín con curso de habilitación.

CORRECTOR

SUBORDINACIÓN: Coordinador del Sello Editorial.

GRUPO ESCALA: VII

SALARIO: 355.00 $ (Nación), 345.00 $ (Filial Holguín)

FUNCIONES O TAREAS PRINCIPALES:

Es el responsable directo de la corrección; revisa materiales de todo género como ensayos, artículos de fondo, comentarios, entrevistas, reportajes, crónicas, informaciones, y otros.

Realiza la lectura letra a letra, revisa los espacios.

Detecta y corrige en los originales, en las pruebas, arte final, errores gramaticales o tipográficos que afecten la calidad literaria del trabajo o que puedan originar interpretaciones erróneas, en cuanto a ortografía: acentuación, puntuación, formas correctas de escritura, en lo referente a la redacción: comprensión del discurso, estructura, concordancias; elimina cacofonías, pleonasmos, muletillas, barbarismos.

Unifica términos y estilo en los textos; garantiza el estricto cumplimiento de las indicaciones técnicas señaladas por diseñadores y redactores;

Señala cualquier deficiencia política o ideológica que se detecte en el material que revisa.

Se mantiene actualizado en las nuevas normas de ortografía y en la incorporación de nuevos vocablos al idioma español, aceptados por la Real Academia de la Lengua Española.

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Medio Superior, con curso de habilitación.

DISEÑADOR GRÁFICO

SUBORDINACIÓN: Coordinador del Sello Editorial.

GRUPO ESCALA: VII

SALARIO: 355.00 $ (Nación), 345.00 $ (Filial Holguín)

FUNCIONES O TAREAS PRINCIPALES:

Trabaja en el diseño de créditos, carteles, animaciones especiales, portadas, plegables y demás trucos que impliquen el uso de la gráfica e ilustración de acuerdo a los lineamientos técnicos y económicos establecidos.

Aplica y supervisa normas de diseño en cualquier tipo de publicaciones.

Selecciona la familia de tipos a utilizar así como las características tipográficas, diseña maquetas de revistas, libros y folletos que deben interpretar otros técnicos.

Supervisa las planas desde el punto de vista tipográfico, diseña los bocetos de cualquier técnica y tipo de trabajo, hace enmarcado tipográfico de publicaciones o libros complejos.

Confecciona cartas tecnológicas y chequea su cumplimiento desde el punto de vista gráfico.

Crea y realiza afiches, folletos, emblemas, envases.

Determina las técnicas adecuadas para cada trabajo.

Realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS: Graduado de Nivel Medio Superior con entrenamiento en el puesto.

Plantillas.

Las plantillas de la UNIÖN, se aprueban en el Comité Ejecutivo Nacional de la UNHIC, a partir de las necesidades específicas de la sede central y de las Filiales y del fondo salarial aprobado por el MFP. Son firmadas por el Presidente y Tesorero nacional de la asociación según modelo establecido en el reglamento del Código de Trabajo. (Modelo F-33) y entran en vigor en el momento de su firma.

La plantilla aprobada se comunica a cada estructura organizativa y a continuación se elabora el modelo que establece las personas aprobadas para ocupar las plazas aprobadas en la plantilla, también establecido en el Reglamento del Código del Trabajo (Modelo F-34), que es firmado por el Presidente y Tesorero Nacionales en el caso de la sede central y por los cargos homólogos en las Filiales, enviándose copia a la sede central. Este modelo se actualiza cada vez que ocurra una baja y un alta.

Contratos de trabajo.

A cada trabajador se le realizará un contrato de trabajo, según el Modelo F-35, donde se fijan sus deberes y derechos.

El personal jubilado o pensionado y en concepto de pluriempleo, será a tiempo determinado por períodos de 6 meses, prorrogables automáticamente por interés de ambas partes. La dirección de la UNHIC puede dar por concluido el mismo en cualquier momento que la circunstancias lo requieran previo acuerdo de los Secretariados y entrará en vigor en un plazo máximo de 30 días.

Al personal en edad laboral, se le hará un contrato por tiempo indeterminado. El trabajador podrá solicitar la baja con 30 días de antelación. En caso de errores y faltas graves se le separará de la entidad mediante sanción, o se le solicitará que pida la baja laboral. De producirse la extinción de la plaza que ocupa, se le comunicará al trabajador y entrará en vigor 90 días posteriores al acto anterior, para que pueda localizar otro empleo.

Control de la asistencia y pago del salario.

El personal de la platilla auxiliar de la UNHIC puede estar bajo el régimen de trabajo a tiempo completo (192 horas mensuales) o a tiempo parcial por la modalidad de pluriempleo. Estos últimos cobrarán sobre la base de 120 horas mensuales, por lo que su salario se ajusta en la plantilla aprobada.

El personal a tiempo completo firmará una tarjeta oficial o una hoja de control mensual (Modelo F-36), donde se recogerá la asistencia al trabajo y por la que se hará el pago correspondiente. Al personal en concepto de pluriempleo se le descontará en caso de ausencias o incumplimientos de sus funciones, se le descontara por un número de horas correspondiente al incumplimiento, según notificación que firmarán el Presidente y el miembro del Secretariado al que esté subordinada la plaza, y para ello se llenará el modelo de cierre de asistencia, donde se harán los descuentos por ausencias, llegadas tardes o salidas antes de hora. (Modelo F-37). Con la información recogida en el modelo anterior, se confecciona la nómina (Modelo F-38), que será firmada por el Presidente y el Tesorero y el Administrador (en caso de existir este) y se archivará en cada instancia de dirección.

El día de pago en la asociación será entre el 5 y el 10 del mes, que se adelanta en caso de coincidir con días no laborables, feriados o festivos.

A cada trabajador se le habilita la tarjeta (SNC-225) que refleja todos los pagos salariales realizados y que se firma al cierre de cada año por el trabajador, el administrador o Presidente.

Horarios de Trabajo.

El horario de trabajo para el personal a tiempo completo el siguiente para todas las estructuras de la UNHIC: Lunes a Viernes de 8.00 a.m. a 12.00 m. y de 12.30 a 5.00 p.m.  Por necesidades de trabajo o de determinado trabajador, los Presidentes pueden ajustar el horario, con entradas y salidas posteriores, pero siempre sobre la base de trabajar 8 horas.

Evaluaciones del personal.

Todos los trabajadores, tanto a tiempo completo como por pluriempleo serán evaluados en el primer trimestre de cada año natural, según el cumplimiento de las tareas correspondientes a sus plazas, las indicaciones recibidas y el resultado de controles recibidos por la dirección nacional, el órgano de relación o de asociaciones u otra entidad autorizada, así como por su dedicación y entrega al trabajo de la UNIÓN. Se utilizará el Modelo F-39, que se archivará, con una copia al trabajador. Las Filiales enviarán un resumen del proceso a la sede central.

Aplicación de medidas disciplinarias.

Las mismas se aplicarán en correspondencia con las establecidas por el Código del Trabajo y su Reglamento. En caso de inconformidad el trabajador podrá recurrir a un órgano de justicia laboral y de acuerdo a su fallo el trabajo o la dirección de la UNHIC podrán recurrir al Tribunal Popular Municipal.

El expediente laboral.

A cada trabajador a tiempo completo se le elabora un expediente laboral según lo establecido en el Código del Trabajo y su Reglamento, donde además de incorporar la documentación de empleo, se archivarán sus evaluaciones y los modelos SNC-225.

Capitulo 7 / PRECISIONES GENERALES

El contenido del manual comenzará a aplicarse en su integralidad el 1 de enero de 2019, excepto las indicaciones ya son práctica habitual en la UNHIC y los calificadores y plantillas, que se pusieron en vigor en octubre de 2018.

La documentación contable se archivará por 5 años, excepto los informes mensuales y anuales de ejecución del presupuesto, que se conservan permanentemente.

La información salarial y evaluativa de los trabajadores se conservará permanentemente.

Este Manual se perfeccionará anualmente. Al cierre de cada año a partir que se incluyan nuevas actividades contables a partir de la asignación de medios no existentes o nuevas normativas aplicadas o recomendaciones que realicen el Ministerio de Cultura, el Registro de Asociaciones del MINJUS, el Ministerio de Finanzas y Precios y la Contraloría General de la República. Se faculta al Presidente Nacional, para que, de conjunto con el Tesorero, emita las orientaciones correspondientes hasta tanto estas queden aprobadas en el Comité Ejecutivo Nacional en su reunión de inicios de año, para su inclusión en el presente Manual.

El Presidente Nacional y de las Filiales, el Tesorero Nacional y de las Filiales, los Administradores de las sedes sociales y los especialistas o técnicos en Contabilidad son los máximos responsables en cumplir y hacer cumplir lo contenido en este Manual.

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